Disposiciones vigentes del 11 al 31 de octubre

El gobierno de la Provincia de Córdoba emitió un decreto para flexibilizar algunas disposiciones vigentes hasta el 31 de octubre inclusive, expresando que “en virtud de la situación sanitaria local y teniendo en consideración la sostenida disminución de casos, así como la baja ocupación de camas críticas en el sistema de salud, resulta oportuno ampliar el horario de funcionamiento y el límite máximo de participación de ciertas actividades”.

A continuación el detalle de las medidas:

  • Seguirá restringida “la circulación de personas, entre las cuatro horas (04:00 hs.) y las seis horas (06:00 hs.) de cada día, exceptuando a quienes se encuentren debidamente autorizados para realizar actividades esenciales”.
  • Las reuniones sociales y familiares de hasta veinte personas “están habilitadas hasta las tres horas (03:00 hs.); siempre con los cuidados pertinentes, en especial manteniendo la ventilación cruzada en ambientes cerrados”.

Y quedan habilitadas, conforme a los protocolos que al efecto establezca la autoridad sanitaria, las siguientes actividades:

  • Actividades religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales, con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%) en espacios cerrados y con un límite de participación de mil (1.000) personas cuando la superficie lo permita; y cien por ciento (100%) de aforo en espacios abiertos y un límite de participación de no más de cuatro mil (4.000) personas.
  • Boliches, discotecas, bailes y similares, con un aforo de hasta el cincuenta por ciento (50%). Los participantes deberán contar con el esquema completo de vacunación 14 días previos al evento. El horario de funcionamiento de esta actividad podrá extenderse hasta las tres horas (03:00 hs.).
  • Salones de Fiestas y espacios afines (vgr. S.U.M., quinchos de uso común, etc.), con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%) y hasta las tres horas (03:00 hs.) de cada día.
  • Eventos masivos de más de mil (1.000) personas al aire libre, con un aforo de hasta el cincuenta por ciento (50%) y un límite de participación de no más de cuatro mil (4.000) personas.
  • Locales Gastronómicos y Bares, con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%) y hasta ocho (8) personas en cada mesa en espacios cerrados, y un aforo de hasta el cien por ciento (100%) en espacios abiertos; todo, hasta las tres horas (03:00 hs.) de cada día.
  • Bingos y Casinos, con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%), y hasta las tres horas (03:00 hs.) de cada día.
Imagen ilustrativa

Comuna Villa Los Aromos 2021